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El Informe de la Franquicia 2014 lanza unos resultados optimistas

Fuente: http://www.franquicia.net/noticias-franquicias/el-informe-de-la-franquicia-2014-lanza-nos-resultados-optimistas

Franquicia.net

El Servicio de Estudios Estadísticos de la AEF ha realizado como viene siendo habitual, su anual “Informe de la Franquicia en España 2014″, con datos cerrados a 31 de diciembre de 2013. La conclusión más siginificativa de este estudio es que cada año hay más empresas que apuestan por la franquicia como formula de expansión. Si a finales de 2012 el sistema estaba integrado por 1.040 redes, esta cifra ha aumentado hasta las 1.087 al finalizar 2013, es decir, un 4,5% más.

La Asociación Española de Franquiciadores presenta su «Informe de la Franquicia en España 2014», en el que lo más significativo es que este sistema de negocio se mantiene vivo y dinámico en un contexto económico adverso, ofreciendo datos muy similares a los registrados a finales de 2012.

En el informe llama la atención que el sistema de franquicias español está compuesto por un total de 1.087 enseñas −un 4,5% más que en 2012, año en el que se contabilizaron 1.040 redes−, de las cuales 887 son de origen nacional (un 81,6%) y las 200 restantes (un 18,4%) proceden de un total de 27 países, especialmente de Francia (44 marcas), Estados Unidos (36), Italia (33), y Portugal y Alemania (10 cada uno). En total, hay 47 cadenas más que en diciembre de 2012.

De entre estas 1.087 franquicias, el sector que cuenta con un mayor número de enseñas es el de «Belleza/Estética», con 91 redes, seguido por el de «Tiendas Especializadas», con 67. Asimismo, destaca la aparición de 23 nuevas firmas en el sector de «Alimentación» (que ahora suma 60 en total), y de 10 en el de «Informática/Rotulación/Imprenta/Telefonía» (que contabiliza 65). Por su parte, las actividades en las que han desaparecido más cadenas han sido: «Mobiliario/Hogar», con 9 firmas menos, «Belleza/Estética», con 7 menos, y «Centros de Ocio», con 6 marcas menos.

En palabras de Xavier Vallhonrat, Presidente de la AEF, «desde 2005 venimos contabilizando un incremento anual en el número de redes que integran el sistema de franquicias, lo cual es un dato relevante de la confianza empresarial que existe a la hora de apostar por este modelo de negocio como fórmula de desarrollo y de crecimiento en nuestro país, por las ventajas y los valores añadidos que ofrece».

En cuanto a la facturación total obtenida por el conjunto del sistema de franquicias al cierre de 2013, la cifra registrada fue de 25.867,3 millones de euros, mientras que en 2012 esa cantidad fue de 25.937,1 millones, lo que significa un descenso de tan solo un 0,2%.

De la cifra global facturada, los establecimientos de carácter propio facturaron un total de 10.859,1 millones de euros en 2013, un 0,8% menos que en 2012 (95,6 millones de euros menos), al tiempo que los locales franquiciados facturaron 15.008,1 millones de euros, un 0,2% más que en 2012 (25,8 millones de euros más).

Por sectores, y como ya es habitual en los últimos años, el que mayor facturación obtuvo fue el de «Alimentación», con un total de 9.309 millones de euros (701,8 millones más que en 2012). A continuación le siguen «Hostelería/Fast Food», con 2.595,7 millones (123,7 millones más), y «Hostelería/Restaurantes/Hoteles», que facturó 2.111,8 millones de euros (164 millones menos que en 2012).

A su vez, cabe destacar el buen comportamiento que han tenido sectores como el de «Servicios/Transportes», que ha facturado 140,8 millones de euros más que en 2012; «Servicios/Automoción», 55,4 millones más; «Panadería/Pastelería», 36,8 millones más, y «Oficina/Papelería/Librería», 32,1 millones de euros más.

En relación con estos datos de facturación, el Presidente de la AEF considera que «el hecho de que el descenso registrado entre 2012 y 2013 haya sido únicamente de un 0,2%, teniendo en cuenta que el pasado año fue uno de los más duros y difíciles de la crisis, reafirma la solidez y el buen hacer del sistema de franquicias, que continúa avanzando con paso firme y dinámico en esta coyuntura adversa, a pesar de las dificultades que siguen poniendo los bancos para conceder financiación». Además, Vallhonrat precisa en cuanto a la facturación global obtenida que «debe señalarse la fuerte caída del sector Mobiliario/Hogar, que ha perdido 457,6 millones de euros entre 2012 y 2013. Por tanto, si extrapolásemos la facturación de este sector del total contabilizado en el sistema, la franquicia española hubiese acabado 2013 aumentando su volumen de negocio en un 1,5%, en lugar de registrar un descenso del 0,2%».

En cuanto al número de establecimientos operativos, a cierre de 2013 había un total de 59.131 locales funcionando en España, de los cuales 17.711 eran de carácter propio y los 41.420 restantes, franquiciados. En total, había 627 establecimientos menos que a finales de 2012 (fecha en la que existían 59.758 puntos de venta abiertos), lo que supone un descenso del 1%. Al concluir 2013 se contabilizaban 328 establecimientos propios menos que en 2012 (un -1,8%), así como 299 locales franquiciados menos (un -0,7%).

Por sectores, el que suma un mayor número de establecimientos abiertos es el de «Alimentación», con un total de 9.568 (850 más que al acabar 2012). A continuación le siguen las actividades de «Informática/Rotulación/Imprenta/Telefonía», con 3.807 puntos de venta (66 más que en 2012) y «Belleza/Estética», con 3.621 locales (512 menos que en 2012).

Aparte es de resaltar que el sector de «Servicios/Transportes» abrió 519 establecimientos durante 2013; «Servicios/Automoción», 267, y «Panadería/Pastelería», 209. Por su parte, se cerraron 895 establecimientos dedicados a «Agencias de Viajes»; 512 a «Belleza/Estética», y 492 a «Hostelería/Restaurantes/Hoteles».

Para Eduardo Abadía, Director Gerente de la AEF, «un descenso de tan solo un 1% en el número de establecimientos operativos indica que las franquicias están sabiendo adaptarse a un mercado en constante evolución y están siendo capaces de dar cumplida respuesta a las necesidades y las demandas actuales de los usuarios».

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18 y 31 de Marzo, últimos días para adaptarte a SEPA y Criterio de Caja

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Ultimos dias

 

El 18 de marzo es el día en el que el Sistema Nacional de Compensación Electrónica dejará de procesar transferencias en los formatos tradicionales. Por tanto, es la fecha límite para adaptar tu negocio a las nuevas obligaciones de SEPA (Zona Única de Pagos en Euros), una normativa que influye en la gestión de tu negocio de diferentes formas:

• Con la obligación de transformar o migrar los datos de cuentas corrientes de clientes y proveedores al nuevo código IBAN.

• Afectando al pago de las nóminas de tus empleados mediante transferencia, que deberá ser adecuado a las nuevas condiciones SEPA.

• Estableciendo el deber de tener y guardar las autorizaciones de tus clientes, con el fin de domiciliar los adeudos a través de un mandato único normalizado

Por su parte, el 31 de marzo concluye el plazo para acogerte al Régimen Especial de Criterio de Caja. Una medida que te permitirá no adelantar el IVA de tus facturas hasta que no hayan sido cobradas y con importantes implicaciones para tus aplicaciones, que deberán adaptarse para responder con las máximas garantías.

Adáptate con las Soluciones Sage y haz el cambio más fácil.

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Nuevo plan de Regularización de software SAGE hasta el 31 de Marzo

¡Más de 550 pymes se han pasado ya al software legal! Y ahora te toca a ti…

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Si hablamos de software, detrás de la palabra “legal” hay ventajas que ponen por delante a las empresas: seguridad, fiabilidad, soporte, funcionalidad.

Hemos puesto en marcha el Plan de Regularización de Sage:

Sin preguntas. Sin complicaciones. Sin sanciones.

Beneficios del Plan

  1. Todos los cambios legales hasta la fecha
  2. Todas las  novedades funcionales incorporadas en base a las sugerencias de nuestros usuarios incorporadas en noviembre a las aplicaciones
  3. Todas las mejoras de usabilidad, agilidad y movilidad incorporadas en la última versión disponible desde finales de marzo.
  4. Toda la seguridad y fiabilidad en los nuevos procesos de instalación y actualización, con protección frente a fallos y filtros que permiten lanzar la actualización de datos en función de tus necesidades, optimizando el tiempo que necesitas y mejorando así tu eficiencia y productividad.
  5. Todas las actualizaciones necesarias según se produzcan nuevos cambios legales, y soporte técnico sobre su aplicación.

Ventajas de Legalizar ContaPlus:

  1. Mayor multi-ejercicio
  2. Nuevos listados de facturas emitidas y recibidas con agrupación trimestral
  3. Exportación de listados a Microsoft Excel
  4. Cálculo de la parte deducible de la base imponible según la regla de prorrata de IVA
  5. Movilidad para dispositivos con Windows 8 que permite consultar todo tipo de información contable/financiera desde cualquier momento y en cualquier lugar mediante una conexión a Internet y con todas las garantías de seguridad.
  6. Actualizado a los últimos cambios legales de SEPA y Criterio de caja.

Ventajas de Legalizar FacturaPlus:

  1. Control aún más completo y detallado de los procesos de facturación, aprovisionamiento y gestión de almacenes
  2. Listados de artículos sin movimientos
  3. Posibilidad de duplicar pedidos de compras
  4. Informaciones libres en documentos para una total adaptación a las necesidades de negocio
  5. Nuevos procedimientos de control de stocks para mantener un detallado control de costes
  6. Nueva integración con Excel.
  7. Actualizado a los últimos cambios legales de SEPA y Criterio de caja.

Ventajas de Legalizar NominaPlus:

  1. Optimizado los procesos de impresión de Nóminas, y mejorado la gestión de modelos oficiales como el 110 y el 190, que ahora están disponibles en formato borrador
  2.  Compatible con el módulo de Empleados del Hogar para una gestión de este nuevo régimen de cotización.

Ventajas de Legalizar TPVPlus:

Incorpora múltiples novedades funcionales que permiten una total adaptación a las necesidades de los clientes:

  1. Gestión de contratos, que permite trabajar con productos y servicios cuya entrega se realiza diferida en el tiempo

Los llamados conjuntos que permiten definir artículos que se suelen vender de forma agrupada  (kit) o la equivalencia entre unidades de medida (gramos o kilos) que nos permite definir nuestras existencias en dos unidades de medida y mostrar la información en cualquiera de ellas de forma distinta

Inconvenientes de usar software sin registrar desde el punto de vista de la aplicación

  1. El uso de Software ilegal puede ocasionar Pérdida y Corrupción de Datos.
    Incrementando las probabilidades de que el software no funcione de forma correcta e incluso de que falle completamente, no existiendo ninguna garantía en cuanto a seguridad y fiabilidad, y no teniendo acceso al servicio de atención al cliente, actualizaciones del software, documentación técnica, formación y soluciones de errores.
  2. Pérdida de funcionalidad y exposición a virus que pueden destruir los sistemas.
    Además de los riesgos de seguridad de utilizar software pirateado descargado de sitios web o redes P2P, dicho software suele ser subestándar o puede provocar pérdida de funcionalidad y problemas de compatibilidad que no se encontrarían en versiones legales con licencia. Las copias sin licencia podrían no recibir todas las actualizaciones de los proveedores.
    Esto significa que sus empleados no serán capaces de utilizar el software en toda su capacidad, dando ventaja a los competidores, ya que pueden responder más rápida, completa o
    eficazmente porque poseen las herramientas que requieren. También existe el riesgo de que los datos se corrompan o no se guarden correctamente, conduciendo a una pérdida de datos crítica.
  3. El uso de Software ilegal no te da acceso a la asistencia técnica de los productos.
    Con la intensa dependencia de las operaciones comerciales en la tecnologías de la información, resulta crítico que estén implementados los sistemas de asistencia relevantes. Los usuarios de software sin licencia a menudo no disponen de acceso a la asistencia técnica crítica proporcionada por los vendedores y, como consecuencia, el software funciona de manera más eficaz.
  4. Daño a la reputación
    Imagine la credibilidad de sus clientes sobre su empresa si descubre que su negocio no es legal en todos sus aspectos, la relación del cliente – empresa es fundamentalmente la confianza tanto en compra de productos y servicios, como en las transacciones comerciales que se llevan a cabo.
  5. Mermas de productividad:que se producen al tener que localizar por cauces “oscuros” nuevas versiones o generadores de claves, con las consiguientes pérdidas de tiempo que ello supone. Solamente el fabricante pone a disposición de sus clientes las actualizaciones de producto en el tiempo y forma requeridos.

Inconvenientes desde el punto de vista Jurídico

  1. No utilizar software legal puede ocasionarte Penas legales (responsabilidad civil y penal)
    El desarrollo de software implica años de inversión. Combina ideas y talentos de programadores, escritores y artistas gráficos. Al igual que la mayoría de las obras creativas, el software de ordenador está protegido por leyes de derechos de autor y estas leyes las deben respetar los usuarios para que la industria del software siga innovando. Cuando compra software no se convierte en el propietario de los derechos de autor. Más bien, al comprar una licencia se convierte en el concesionario de los derechos de autor, con derecho a utilizar el software bajo ciertas condiciones impuestas por el propietario de los derechos de autor, por lo general el editor del software. La licencia es un documento legal que define las condiciones de uso de un producto de software dado. Si una empresa infringe las condiciones de un contrato de licencia –como copiar, distribuir o instalar software en una manera que esté prohibida por la licencia, ya sea intencionadamente o no– está infringiendo los derechos de autor y cometiendo un delito. Las penas civiles y penales varían a lo largo de Europa pero pueden acarrear multas elevadas
  2. ¿Puede la empresa perder un concurso público por utilizar software sin licencia?

    Sí.Los pliegos de los concursos públicos y la normativa que regula la contratación con el Estado, las Comunidades Autónomas y los Ayuntamientos exige que la empresa licitadora cumpla la legislación vigente y ofrezca garantías respecto a la continuidad del servicio.
    Si la Administración contratante tiene conocimiento de que la empresa licitadora ha incurrido en una circunstancia que la inhabilita para prestar el servicio, puede resolver el contrato y buscar otro proveedor. La empresa podría perder también su condición de proveedor homologado.

    Pensemos que los procedimientos judiciales derivados de una infracción de la propiedad intelectual son públicos y que una de las penas establecidas para ellos es la inhabilitación para ejercer la profesión.
    La pena de inhabilitación para ejercer la profesión es una de las causas que impiden a una empresa presentarse a un concurso público, de acuerdo con la Ley de Contratos con el Sector Público.

    La reforma del Código Penal establece nuevos escenarios de responsabilidad penal de las personas jurídicas que pueden llegar hasta la administración judicial Además, las Administraciones Públicas exigen garantías de que el servicio prestado por el proveedor no tendrá interrupciones ni demoras y que cumplirá los niveles exigidos de calidad y continuidad. Una empresa que utiliza software sin licencia no puede garantizar ni la calidad del servicio ni su continuidad.

  3. ¿Puede afectar el uso software sin licencia al acceso de la empresa al crédito y a otros recursos financieros?Sí.

    La concesión de un crédito se basa en la confianza y la solvencia. Una noticia sobre la infracción de una ley por parte de la empresa solicitante del crédito puede perjudicar seriamente la confianza de la entidad financiera en la empresa.

    En las condiciones generales de cualquier instrumento de financiación se establece que la entidad financiera podrá resolver el contrato y solicitar el pago de las cantidades pendientes si llega a su conocimiento cualquier circunstancia que pueda poner en peligro la solvencia de la empresa prestataria.

  4. ¿Puede perder la empresa una subvención o una ayuda pública por utilizar software sin licencia?Sí.

    En el régimen de concesión de una subvención o de una ayuda pública se establece que la Administración podrá retirarla si concurren una serie de supuestos en la empresa beneficiaria. Entre ellos figura la comisión de delitos y la infracción grave de normas administrativas.
    En numerosas Decisiones Marco de la UE y en la reforma del Código Penal español se establecen penas consistentes en la pérdida de subvenciones y ayudas públicas por la comisión de determinados delitos.

  5. ¿Puede afectar el uso de software sin licencia a la seguridad de los sistemas informáticos corporativos?Sí.

    El software sin licencia, especialmente el descargado de Internet, puede ser el vehículo utilizado para distribuir virus, troyanos o malware.
    Muchos programas conocidos y ampliamente utilizados por la comunidad empresarial son manipulados para crear agujeros de seguridad en los firewalls de los sistemas corporativos a través de los que podrá obtenerse información confidencial. De esta manera, cuando un usuario descarga e instala uno de estos programas manipulados, compromete seriamente la seguridad de los sistemas informáticos corporativos.

  6. ¿El uso de software sin licencia puede ser la causa directa o indirecta de una sanción de la Agencia Española de Protección de datos?Sí.

    Utilizar software sin licencia compromete seriamente la seguridad de los sistemas informáticos corporativos y supone un incumplimiento de las obligaciones establecidas en la LOPD y su Reglamento en materia de seguridad.

    El hallazgo de software sin licencia en el transcurso de una auditoría de seguridad o de un inventario de activos de software debe ser tratado como una incidencia y debe ser corregido inmediatamente.

    El software instalado al margen del control del Director de Sistemas y del Responsable de Seguridad supone una amenaza para los datos personales residentes en el sistema y es contrario a las medidas de seguridad previstas para cualquier tipo de datos relativos a las personas físicas.

    Esta situación puede ser objeto de denuncia por cualquier empleado o sindicato que tenga conocimiento de ella, generando el consiguiente riesgo reputacional.

    Las sanciones impuestas por la Agencia Española de Protección de Datos pueden llegar a los 600.000 euros y son publicadas en su página web, lo cual facilita la divulgación del doble incumplimiento normativo de la empresa: LOPD y Ley de Propiedad Intelectual.

  7. ¿La actividad normal de la empresa puede verse afectada por el uso de software sin licencia? 

    Sí.Además de los riesgos de interrupción de la actividad de la empresa por cuestiones relativas a la seguridad: virus, troyanos, etc., el uso de software sin licencia comporta una serie de amenazas adicionales para la continuidad del negocio, entre las cuales destacan las siguientes:

    1. Imposibilidad de acceder al servicio de mantenimiento, lo cual impide resolver las posibles incidencias que se produzcan en el funcionamiento del software.
    2. Imposibilidad de acceder al soporte técnico, y por lo tanto de resolver dudas y problemas de instalación, configuración, compatibilidad con otros programas, hardware y periféricos.
    3. Imposibilidad de acceder a actualizaciones y a parches de seguridad.

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